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Martes, 17 de octubre del 2017

España: Tribunal Constitucional anuló la ley del referéndum de Cataluña

La autodeterminación procede en casos de sujeción de pueblos a una subyugación extranjera, fuera de esos supuestos es incompatible, señaló el TC.




El Tribunal Constitucional-TC de España declaró hoy nula la ley del referéndum de independencia de Cataluña. La norma ya había sido suspendida de modo cautelar el pasado 7 de setiembre, al día siguiente de ser aprobada por el Parlamento de la región.

A pesar de la suspensión declarada por el TC, las autoridades catalanas convocaron para el 1 de octubre un referéndum secesionista en el que participaron alrededor de 2.2 millones de personas, que apoyaron la independencia de la región.

Nueve días después, el presidente regional, Carles Puigdemont, dijo en el Parlamento catalán que iba a "asumir" esos resultados, aunque añadió que los efectos de la declaración de independencia quedaban suspendidos temporalmente para dar paso a un diálogo con el Gobierno español.

La sentencia del TC señala que Cataluña no es sujeto de autodeterminación, el derecho a promover y consumar su independencia del Estado, y que este no está reconocido en la Constitución española ni forma parte del ordenamiento jurídico mediante tratados internacionales.

La autodeterminación está limitada en "diversas resoluciones de las Naciones Unidas" a los casos de "sujeción de pueblos a una subyugación, dominación y explotación extranjeras". Fuera de esos supuestos, "todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas”, explica el TC.


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