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Miércoles, 18 de noviembre del 2020

Ley que faculta retiro de fondos de AFP es publicada con firmas de Merino y Flores-Aráoz

Esta ley señala que los afiliados podrán presentar su solicitud de retiro de fondos de manera "remota, virtual o presencial, y por única vez".

Foto: Composición La República



Este miércoles, el diario oficial El Peruano publicó la ley que autoriza el retiro de hasta cuatro UIT de los fondos de las AFP a los afiliados que no hayan aportado desde hace 12 meses, a tres días de la renuncia de Manuel Merino de Lama a la presidencia.

Esta norma lleva la firma de Merino y del expresidente de Consejo de Ministros, Ántero Flores-Aráoz con fecha el 15 de noviembre de 2020, día de la renuncia de ambos.

Dicha ley señala que los afiliados podrán presentar su solicitud de retiro de fondos de manera "remota, virtual o presencial, y por única vez", dentro de los 90 días calendario posteriores a la vigencia del reglamento.

"Se abonará hasta una UIT (S/4,300) cada treinta (30) días calendario, realizándose el primer desembolso a los treinta (30) días de presentada la solicitud ante la administradora privada de fondos de pensiones a la que pertenezca el afiliado. Ello es aplicable hasta el segundo desembolso y el resto será entregado en el tercer desembolso", especifica la ley. 

Asimismo, en el caso de los afiliados con enfermedades oncológicas, el desembolso total se realizará a los 30 días de presentar la solicitud. Los fondos que se retirarían no pueden ser descontados, a menos que el afiliado tenga retenciones judiciales por deudas alimentarias. En ese caso de le descontaría un 30% del dinero.


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