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Indecopi deja sin efecto restricciones horarias para discotecas y venta de alcohol en Lima

Resolución cuestionó ordenanzas al considerar que no se acreditó una problemática concreta. Indecopi aclaró que la decisión no elimina competencia municipal para regular, pero exige sustento objetivo.

Foto: Andina



El Indecopi declaró carentes de razonabilidad las restricciones horarias impuestas por la Municipalidad Metropolitana de Lima para discotecas y la venta de bebidas alcohólicas en el Cercado de Lima y Lima Metropolitana. La Resolución N.° 0272-2026/SEL-INDECOPI determinó que la comuna no justificó las limitaciones establecidas en las Ordenanzas N.° 235 y N.° 1568.

La sala del Indecopi señaló que no se explicó por qué era necesario restringir el horario de apertura de los centros de entretenimiento ni se sustentaron objetivamente las restricciones a la venta de alcohol por razones de seguridad o tranquilidad pública.

En consecuencia, se declararon carentes de razonabilidad tres medidas: la limitación del horario de apertura de discotecas, la restricción de horarios de venta de alcohol en el Cercado de Lima y su aplicación en toda Lima Metropolitana.

Criterios y alcances

La resolución aclara que las municipalidades aún pueden regular horarios de funcionamiento o restricciones a la venta de alcohol, pero deben contar con un sustento objetivo y cumplir con los criterios del Decreto Legislativo N.° 1256. La MML deberá revisar sus ordenanzas y adecuar las medidas a estos criterios.

Esta decisión sienta un precedente sobre la necesidad de justificar técnicamente cualquier limitación a la actividad empresarial, exigiendo que las municipalidades demuestren un problema concreto de seguridad o tranquilidad pública y que las medidas sean proporcionales.


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